El 71% de los edificios de Euskadi de más de 50 años todavía no han realizado la ITE

El 71% de los edificios de más de 50 años obligados a pasar la ITE en Euskadi todavía no la han realizado y hoy entra en vigor el nuevo decreto del Departamento de Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda del Gobierno Vasco para regular la inspección técnica de edificios (ITE) que actualiza y refunde la normativa vigente.

De los 73.429 edificios inscritos en el registro del Gobierno Vasco, solo la han llevado a cabo 21.416, el 29% de ese total. Entre las novedades introducidas por el nuevo decreto, destaca que las viviendas unifamiliares que den a una vía pública y los caseríos que no incorporen otros usos intensivos y sean solo de uso residencial tendrán que pasar a partir de ahora la inspección técnica de edificios (ITE).

El nuevo texto, que ha sido presentado este miércoles por el consejero de Vivienda de Gobierno Vasco, Pedro Arriola, aspira a que las modificaciones y mejoras introducidas «ayuden a impulsar la realización de las ITEs, facilitando la tarea de los técnicos que las realizan y, especialmente, los trámites que corresponden a los Ayuntamientos y a los propietarios de los edificios«, según ha señalado Arriola en rueda de prensa ofrecida en Bilbao.

Con el fin de evitar malentendidos y malas prácticas el decreto precisa la definición de diversos conceptos, como la consideración de «Uso predominantemente residencial»; «qué es un portal»; cómo computar la «edad de un edificio»; o qué hay que entender como «ajustes razonables» en materia de accesibilidad.

Nuevo decreto

El nuevo decreto consta de 24 artículos agrupados en siete capítulos, dos disposiciones adicionales y una disposición transitoria y establece los criterios y requisitos que debe cumplir la inspección técnica de edificios de uso predominantemente residencial, desarrollando contenidos relativos a las personas físicas o jurídicas obligadas a pasar la ITE.

En lo relacionado con los caseríos la nueva normativa establece que no se considerarán de «uso predominantemente residencial», y por tanto obligados a presentar la ITE, aquellos edificios que, además de la vivienda, tengan otros usos intensivos que les lleven a estar inscritos en el Registro Industrial o en los registros de explotaciones agrarias y/o ganaderas de Euskadi.

Asimismo, se han eliminado tramitaciones y procedimientos redundantes, como la Declaración Responsable del Técnico Inspector, ya que el propio informe de la ITE constituye su declaración.

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